Son muchas las empresas que se tienen que enfrentar al mal trago de cobrar una deuda a algún cliente. La reclamación de deudas se lleva a cabo a través del juicio monitorio. No obstante, ¿qué se necesita para poder ir a juicio monitorio? ¿qué cantidad mínima de deuda es necesaria para poder acudir al procedimiento judicial? En este post daremos solución a estas cuestiones para que puedas reclamar las deudas que te deben.
¿Qué es el juicio monitorio y qué requisitos hay que cumplir para reclamar una deuda?
El juicio monitorio es un procedimiento judicial para reclamar el pago de deudas dinerarias, siempre que se cumplan ciertos requisitos. Los requisitos que se han de cumplir con los siguientes:
- Deuda dineraria: la deuda que se reclama ha de ser dineraria. Así, no se puede reclamar en el proceso monitorio el cumplimiento de obligaciones de entregar alguna cosa determinada o de hacer o no hacer algo concreto.
- Deuda líquida y determinada: es necesario que la deuda esté concretada en una suma de dinero. Es decir, es necesario que la cantidad de dinero sea fijo y determinado por las partes.
- Deuda vencida: la deuda ha de estar vencida para poder reclamarla en el juicio monitorio. Esto quiere decir que tiene que haber transcurrido el plazo de tiempo que se pactó para el pago de la deuda en cuestión. Así, las deudas futuras que no han vencido todavía no pueden reclamarse en el proceso monitorio.
- Deuda exigible: la deuda ha de ser exigible para que pueda ser reclamada, es decir, que no esté sujeta al cumplimiento de obligación alguna y que no dependa de ninguna contraprestación.
- Deuda acreditada: para poder reclamar una deuda en el proceso monitorio, esta ha de estar acreditada documentalmente. De hecho, es la prueba de la deuda el verdadero obstáculo para poder acudir a un juicio monitorio. Así, la empresa deberá acreditar que se le debe una cantidad concreta de dinero a través de documentos firmados por el deudor, de documentos comerciales o de documentos creados unilateralmente por el acreedor, como facturas o albaranes.
La cantidad mínima de deuda para ir a juicio
Como ya hemos adelantado, para poder acudir a un proceso monitorio es necesario que la deuda que se reclama cumpla con una serie de requisitos. No obstante, ¿es obligatorio que la deuda tenga una cuantía mínima para poder reclamarla en un juicio monitorio? La respuesta es no, de forma que no hay un importe mínimo de deuda para poder reclamarla en el procedimiento judicial. No obstante, puede ser que el proceso monitorio no llegue a buen puerto, en cuyo caso tendremos que acudir o bien al procedimiento ordinario, bien al procedimiento verbal. En ambos casos no existe un mínimo de importe de deuda para acudir a los mismos, si bien el importe de la deuda es importante.
- Deuda de hasta 6000 euros: en este caso será necesario acudir al juicio verbal, un procedimiento más sencillo y más rápido.
- Deuda de más de 6000 euros: en este caso será necesario acudir al juicio ordinario, un procedimiento más complejo.
Hay que tener en cuenta que, en procesos monitorios relativos a cantidades inferiores a 2000 euros, no es necesario contar con un abogado.
Sin duda, conocer cómo se puede reclamar una deuda es de vital importancia para cualquier empresa. En cualquier caso: podrás reclamar tus deudas independientemente de su importe a través del juicio monitorio.